
El 15 de septiembre de 2026 puede cambiar de forma importante la manera en que estudiantes F-1 y visitantes de intercambio J-1 mantienen su estatus legal en Estados Unidos. En lugar de ser admitidas bajo “duration of status” o D/S, muchas personas en categorías F y J recibirán una fecha específica hasta la cual estarán autorizadas a permanecer en el país.
La nueva regla de duración de estatus de 2026 implica mucho más que añadir una fecha al Form I-94. Si una persona necesita permanecer más tiempo para completar sus estudios, continuar un programa, realizar OPT o seguir determinadas actividades de intercambio, puede ser necesario solicitar una extensión de estadía ante USCIS, en muchos casos mediante Form I-539.
Sin embargo, no todas las personas actualmente en estatus F-1 o J-1 tendrán que presentar una solicitud el 15 de septiembre. La regla final contiene disposiciones de transición. Por eso, las preguntas clave son cuándo ingresó usted a Estados Unidos, qué indica su I-94, cuándo termina su programa, si viajará después de la fecha de entrada en vigor y si necesitará tiempo adicional autorizado por USCIS.
En Este Artículo Cambio de Duration of Status para F-1 y J-1
- Qué Cambia Realmente con la Regla de 2026
- Antes y Después del 15 de Septiembre: ¿A Quién Afecta?
- Quién Tendrá que Solicitar una Extensión de Estadía
- Por Qué la Nueva Regla Crea un Riesgo de Demoras en I-539
- Qué Ocurre Mientras la Extensión Está Pendiente
- Por Qué Form I-94 Será Más Importante
- Cuándo una Demora de I-539 Deja de Ser una Simple Molestia
- Qué Puede y Qué No Puede Hacer una Demanda por Demora
- Qué Deben Revisar Ahora los Titulares de F-1 y J-1
- Preguntas Frecuentes
Qué Cambia Realmente con la Regla de Duration of Status de 2026
El 17 de julio de 2026, el Department of Homeland Security publicó una regla final en el Federal Register que reemplaza el sistema de duration of status para las categorías F, J e I por un periodo fijo de admisión. La fecha de entrada en vigor prevista es el 15 de septiembre de 2026.
Existe una salvedad importante. La regulación fue clasificada como una major rule sujeta a revisión del Congreso. El Federal Register indica que, si ese proceso modifica la fecha de entrada en vigor, DHS publicará otro documento para establecer la nueva fecha o terminar la regla. Por eso, la situación oficial debe verificarse nuevamente antes de tomar una decisión de presentación, viaje o extensión basada en el 15 de septiembre.
Duration of Status Frente a un Periodo Fijo de Admisión
Bajo el sistema tradicional, muchas personas en F-1 reciben “D/S” en Form I-94 en lugar de una fecha específica de vencimiento. D/S permite, en términos generales, permanecer durante el programa autorizado o el periodo de practical training correspondiente siempre que la persona mantenga correctamente su estatus.
Con el nuevo sistema, los estudiantes F admitidos después de la entrada en vigor recibirán una fecha específica de permanencia autorizada en Form I-94. DHS explica que ese periodo normalmente estará relacionado con la duración del programa indicado en Form I-20, sujeto a un máximo de cuatro años y a otros límites aplicables. Los visitantes J-1 también pasarán de D/S a un periodo de admisión con fecha determinada.
El límite de cuatro años no significa que todos los programas académicos deban terminarse en cuatro años. Por ejemplo, una persona en un programa doctoral más largo puede continuar siendo elegible para completar sus estudios, pero podría necesitar una extensión de estadía si su periodo de admisión autorizado termina antes.
El Límite para Programas de Idiomas
La regla también establece una restricción especial para estudiantes F-1 matriculados en programas de capacitación lingüística. El periodo de estudio queda generalmente limitado a un total acumulado de 24 meses, incluidas determinadas pausas y vacaciones anuales, conforme a las reglas aplicables.
El cambio central no es simplemente que Form I-94 tendrá una fecha. Permanecer más allá de ese periodo autorizado puede requerir ahora una solicitud y una decisión afirmativa de USCIS.
Antes y Después del 15 de Septiembre: ¿A Quién Afecta y Cuándo?
Las personas que actualmente tienen F-1 o J-1 no están obligadas automáticamente a presentar Form I-539 el día en que entre en vigor la regla. DHS estableció disposiciones de transición para muchas personas que ya se encuentran en Estados Unidos, mantienen correctamente su estatus y fueron admitidas bajo D/S.
| Situación | Tratamiento del Estatus | Posible Presentación ante USCIS |
|---|---|---|
| F-1 o J-1 ya presente en EE. UU. con D/S válido el 15 de septiembre | Generalmente puede beneficiarse de las reglas de transición | No se exige automáticamente I-539 solo porque llegue el 15 de septiembre |
| Nueva admisión F-1 a partir del 15 de septiembre | Fecha específica en Form I-94 | Puede requerirse EOS si necesita tiempo adicional |
| Nueva admisión J-1 a partir del 15 de septiembre | Periodo fijo de admisión | Puede requerirse una extensión si el programa necesita más tiempo |
| Persona actualmente bajo D/S que sale y vuelve a entrar después del 15 de septiembre | Puede ser readmitida bajo el nuevo sistema de fecha fija | La nueva fecha de I-94 puede cambiar la planificación de una futura extensión |
| El programa continuará más allá del periodo autorizado | Será necesaria autorización adicional | Puede ser necesaria una solicitud oportuna de EOS |
| Estudiante F-1 que pasará a OPT o STEM OPT después de completar el programa | Depende del periodo de admisión y de las reglas de transición | En algunos casos puede ser necesario I-539 además de I-765 |
Para personas que ya estén en un estatus F o J válido bajo D/S el 15 de septiembre, DHS permite generalmente continuar hasta la fecha correspondiente de finalización del programa o del EAD aplicable, sujeto al límite de transición. Para la población cubierta por esa transición, la regla establece un límite máximo que puede llegar hasta el 14 de noviembre de 2030 para personas F y el 15 de octubre de 2030 para personas J, según las circunstancias aplicables.
Esta transición evita una interpretación incorrecta muy importante: el cambio regulatorio no obliga a todos los estudiantes internacionales a presentar inmediatamente Form I-539 en septiembre. Una persona cuyo programa termine dentro del periodo protegido podría no necesitar una extensión únicamente por la eliminación de D/S.
Viajar Puede Cambiar el Análisis
Los viajes internacionales después de la entrada en vigor merecen atención especial. Una persona F o J que salga de Estados Unidos y posteriormente solicite readmisión puede recibir un nuevo periodo fijo de admisión, aunque anteriormente estuviera protegida por las disposiciones de transición para D/S.
Por eso, no debe asumirse que una admisión bajo D/S anterior a septiembre seguirá controlando el estatus indefinidamente. Después de una nueva entrada, Form I-94 y su fecha específica pueden convertirse en el registro principal para determinar cuándo será necesaria una extensión.
Quién Tendrá que Solicitar una Extensión de Estadía ante USCIS
Una extensión de estadía, conocida como EOS por extension of stay, se vuelve relevante cuando el periodo autorizado de admisión no alcanza para completar la actividad que requiere estatus F o J.
La guía oficial de Study in the States explica que los estudiantes F pueden necesitar una EOS si requieren tiempo adicional para completar un programa, comenzar un nuevo programa o realizar OPT o STEM OPT después de completar los estudios.
Programas Académicos Más Largos
Un doctorado u otro programa académico de larga duración puede extenderse más allá de la fecha fijada en el I-94. En ese escenario, actualizar Form I-20 puede no ser suficiente por sí solo. Si el estudiante necesita permanecer después de la fecha autorizada, puede ser necesario presentar oportunamente una solicitud de extensión ante USCIS.
OPT y STEM OPT
La interacción entre una EOS y la autorización de empleo es más compleja. En determinadas situaciones, un estudiante F-1 que busca OPT después de completar el programa o una extensión STEM OPT puede necesitar presentar tanto Form I-539 como Form I-765.
La regla final también establece una disposición de transición para determinadas solicitudes de post-completion OPT o STEM OPT presentadas oportunamente hasta el 18 de marzo de 2027. Por ello, la respuesta dependerá de la fecha de admisión, el final del programa, el periodo de transición y el momento exacto de presentación.
Presentar Form I-765 para autorización de empleo no debe interpretarse automáticamente como una solución para cualquier problema relacionado con la extensión del periodo de permanencia.
Extensiones de Programas J-1
Para visitantes de intercambio J-1, Form DS-2019 actualizado seguirá siendo un documento fundamental. Sin embargo, bajo el sistema de admisión con fecha fija, la extensión del DS-2019 por parte del sponsor puede no ser suficiente si el periodo autorizado en el I-94 termina antes que el programa extendido.
Cuando la persona necesite permanecer más allá de su periodo de admisión autorizado, puede ser necesario solicitar una extensión de estadía ante USCIS.
Por Qué la Nueva Regla Crea un Nuevo Riesgo de Demoras en I-539

Aún es demasiado pronto para afirmar que la regla de septiembre ya ha creado un nuevo backlog de I-539 para F-1 o J-1. El sistema de admisión con fecha fija todavía no ha entrado en vigor. Sin embargo, la estructura de la regla hace que más personas puedan depender de una adjudicación de USCIS para obtener tiempo adicional.
La lógica es directa. Bajo D/S, determinadas extensiones de programas podían manejarse principalmente mediante el sistema académico o de intercambio sin que USCIS tuviera que adjudicar por separado cada periodo adicional de estadía.
Con una fecha fija, más personas que necesiten quedarse después de su periodo autorizado deberán solicitar permiso a USCIS. Como resultado, el tiempo que tarde la agencia en decidir puede adquirir una importancia mucho mayor para la continuidad académica, la investigación, la capacitación, el empleo, los viajes y la planificación migratoria.
Por ahora, la descripción más precisa es hablar de una nueva exposición al riesgo de demoras en I-539, no de un atraso ya demostrado. Los tiempos reales deberán evaluarse cuando USCIS empiece a recibir y adjudicar extensiones bajo el nuevo sistema.
Qué Ocurre Mientras una Extensión Está Pendiente
Una solicitud de extensión presentada oportunamente no significa automáticamente que un estudiante F-1 deba dejar de estudiar el día en que vence su periodo original de admisión. La regla contiene protecciones específicas mientras USCIS decide determinadas solicitudes.
Estudiantes F-1 con una EOS Pendiente
La regla establece que un estudiante F-1 que presente oportunamente una solicitud de EOS antes de que termine su periodo autorizado puede encontrarse en un periodo de estadía autorizada mientras la solicitud está pendiente y, cuando corresponda, puede continuar cursando un programa de estudios de tiempo completo.
La autorización de empleo debe analizarse por separado. Una EOS pendiente no crea una autorización general para comenzar cualquier nuevo trabajo. Una persona que necesita tanto una extensión como autorización para OPT, por ejemplo, puede estar sujeta a reglas distintas respecto de cuándo puede comenzar el empleo.
Actividad y Empleo J-1 Mientras USCIS Decide
La regulación establece protecciones propias para J-1. En determinadas circunstancias, un J-1 que presenta oportunamente una EOS puede continuar las actividades autorizadas del programa y el empleo permitido durante hasta 240 días mientras la solicitud permanece pendiente.
También existe una disposición transitoria para ciertas solicitudes J-1 de EOS presentadas hasta el 18 de marzo de 2027. Dependiendo de los hechos, determinadas personas pueden continuar actividades permitidas hasta la fecha de finalización indicada en el Form DS-2019 presentado con la solicitud.
La autorización laboral de J-2 no debe confundirse con esta protección del principal J-1. Los dependientes J-2 suelen depender de su propio EAD para trabajar, y la protección de empleo aplicable al principal J-1 no extiende automáticamente un EAD J-2 vencido.
Por Qué Form I-94 Será Más Importante Después del 15 de Septiembre
En un sistema de admisión con fecha fija, cada documento migratorio cumple una función diferente. Comprender esas diferencias será esencial para planificar una extensión.
- Form I-94: muestra el periodo durante el cual DHS o CBP autorizó la admisión.
- Form I-20: identifica el programa académico F-1 y sus fechas relevantes.
- Form DS-2019: identifica el programa de intercambio J-1 y sus fechas.
- Form I-797 Receipt Notice: demuestra que USCIS recibió una solicitud de extensión.
- EAD, cuando corresponda: establece el periodo de una autorización de empleo específica.
La visa estampada en el pasaporte es un documento distinto. La fecha de vencimiento de una visa F-1 o J-1 no necesariamente determina cuándo termina la permanencia autorizada dentro de Estados Unidos. Bajo el nuevo sistema, el I-94 será especialmente importante porque normalmente indicará una fecha específica en lugar de D/S.
Cuándo una Demora de I-539 Deja de Ser una Simple Molestia
No existe una regla universal según la cual una solicitud I-539 se convierte automáticamente en una demora legalmente irrazonable después de un número fijo de meses. El análisis federal de una demora es específico a los hechos de cada caso.
Los tiempos publicados por USCIS pueden ofrecer contexto, pero no deciden por sí solos si existe una base adecuada para litigio. Nuestra guía en español sobre los tiempos de procesamiento de USCIS en 2026 explica por qué esas cifras deben verse como un punto de referencia y no como un plazo legal automático.
Una demora puede requerir una evaluación más cuidadosa cuando la solicitud lleva un periodo inusualmente largo sin resolución, USCIS no ofrece una explicación específica, las consultas repetidas no producen movimiento y la espera está causando consecuencias concretas.
Los tribunales federales suelen analizar las demoras gubernamentales utilizando consideraciones conocidas como los factores TRAC y el estándar de demora irrazonable. El análisis puede considerar el ritmo de la agencia, sus prioridades, cualquier guía temporal establecida por el Congreso y el perjuicio humano o práctico provocado por la espera.
En un caso F-1 o J-1, el daño concreto puede incluir interrupción de estudios, imposibilidad de iniciar un empleo autorizado, problemas con investigación o capacitación, pérdida de financiamiento académico o incertidumbre respecto de la siguiente etapa de un programa.
Qué Puede y Qué No Puede Hacer una Demanda por una I-539 Pendiente
Si una solicitud de extensión llega a sufrir una demora potencialmente irrazonable, una acción en tribunal federal puede ser una de las opciones que deban evaluarse. Dependiendo del deber gubernamental y de la postura procesal, los reclamos por inacción pueden plantearse bajo la Administrative Procedure Act, mandamus o ambas teorías.
Nuestra guía sobre una demanda bajo APA §706(1) por retrasos de USCIS explica la diferencia entre pedir a un tribunal que revise una inacción prolongada y pedirle que determine el resultado migratorio de la solicitud.
Una demanda por demora puede buscar que USCIS tome acción sobre un caso que ha permanecido pendiente durante un periodo jurídicamente irrazonable. No crea elegibilidad para F-1 o J-1, no corrige automáticamente una violación de estatus y no obliga a USCIS a aprobar una extensión que no cumple los requisitos legales.
Esta distinción será especialmente importante bajo el nuevo sistema. Que se acerque una fecha académica o migratoria no significa por sí solo que una demanda federal sea adecuada. Antes de litigar deben revisarse la duración de la espera, el expediente presentado, el estatus actual, las actuaciones de USCIS, otras opciones disponibles y las consecuencias de obtener una decisión inmediata.
Qué Deben Revisar Ahora los Titulares de F-1 y J-1
No es necesario esperar hasta septiembre para revisar cómo podría afectar la nueva estructura a un caso específico. El paso más útil es identificar desde ahora los documentos y fechas que controlarán la situación.
- Revise su Form I-94. Confirme si indica D/S o una fecha específica.
- Revise su Form I-20 o DS-2019. Confirme la fecha actual de finalización del programa y si podría ser necesaria una extensión.
- Determine si las reglas de transición le aplican. Una persona actualmente bajo D/S puede tener protección sin necesidad de presentar inmediatamente Form I-539.
- Analice cualquier viaje internacional previsto. Una nueva entrada después de la fecha de vigencia puede producir un periodo fijo de admisión.
- Planifique OPT, STEM OPT, academic training o un nuevo programa con anticipación. Estas transiciones pueden cambiar la necesidad de una EOS.
- Conserve todos los registros de USCIS. Guarde receipt notices, comprobantes de entrega, capturas del estado del caso, RFEs y respuestas.
- Verifique nuevamente la vigencia de la regla. La revisión del Congreso podría afectar la implementación y DHS ha indicado que publicará un nuevo aviso si cambia la fecha efectiva.
Antes de presentar cualquier extensión también debe revisarse la página oficial de Form I-539 de USCIS. Las instrucciones, evidencia requerida, procedimiento de presentación y otros requisitos pueden cambiar.
Preguntas Frecuentes
¿Todos los estudiantes F-1 actuales tendrán que presentar Form I-539 el 15 de septiembre de 2026?
No. Los estudiantes F-1 que ya se encuentren en Estados Unidos, mantengan correctamente su estatus y hayan sido admitidos bajo D/S pueden estar cubiertos por las disposiciones de transición. La llegada del 15 de septiembre por sí sola no crea automáticamente la obligación de presentar Form I-539.
¿Qué ocurrirá con un estudiante F-1 que actualmente tiene D/S?
Una persona que cumpla los requisitos de transición puede generalmente permanecer hasta la fecha aplicable de finalización del programa o del periodo autorizado de OPT/STEM OPT, sujeta al límite máximo de transición. Si posteriormente necesita permanecer más allá de ese periodo, puede ser necesaria una extensión de estadía.
¿Viajar fuera de Estados Unidos después del 15 de septiembre puede cambiar mi I-94?
Sí, potencialmente. Una persona F o J que regrese después de la entrada en vigor puede ser admitida bajo el nuevo sistema de periodo fijo. Debe revisarse cuidadosamente el nuevo I-94 porque puede establecer una fecha específica que controle futuras extensiones.
¿Extender Form DS-2019 extiende automáticamente mi estadía J-1?
No necesariamente. Bajo el nuevo sistema, si el periodo autorizado en el I-94 no alcanza para cubrir el programa extendido, puede ser necesario solicitar una extensión de estadía ante USCIS aunque el sponsor haya actualizado Form DS-2019.
¿Puedo permanecer en Estados Unidos mientras mi extensión está pendiente?
Una EOS presentada oportunamente puede generar un periodo de estadía autorizada mientras USCIS decide, pero las reglas sobre estudios, actividades del programa y empleo no son idénticas en todas las categorías. Debe verificarse por separado qué actividades puede continuar una persona F-1, J-1 o J-2 mientras la solicitud está pendiente.
¿Una demanda de mandamus puede obligar a USCIS a aprobar Form I-539?
No. Una demanda de mandamus o una acción bajo APA por demora irrazonable puede pedir que USCIS tome una decisión sobre una solicitud pendiente, pero no garantiza la aprobación ni permite que el tribunal sustituya a USCIS en la decisión migratoria de fondo.
La Admisión con Fecha Fija Convierte el Tiempo en Parte de la Estrategia Migratoria
El fin de duration of status cambia la importancia del calendario en los casos F-1 y J-1. Bajo el nuevo sistema, más estudiantes y visitantes de intercambio tendrán que coordinar la fecha de Form I-94, los documentos del programa, los viajes, la autorización de empleo y posibles solicitudes de extensión ante USCIS.
Para muchas personas que actualmente tienen D/S, las reglas de transición significan que no existe motivo para asumir que Form I-539 debe presentarse inmediatamente el 15 de septiembre. Para nuevas admisiones y para quienes posteriormente necesiten más tiempo, en cambio, el procesamiento de extensiones por USCIS puede convertirse en una parte mucho más importante de la planificación migratoria.
Si una extensión se presenta y permanece pendiente durante un periodo inusualmente largo, la pregunta jurídica cambia. Ya no se trata únicamente de si USCIS está tardando, sino de si esa demora concreta se ha vuelto irrazonable bajo los hechos del caso.
¿Su extensión sigue pendiente mientras se acerca una fecha importante de su estatus F-1 o J-1?
Nuestro equipo puede revisar su fecha de presentación ante USCIS, Form I-94, cronología de I-20 o DS-2019, historial de extensiones, respuestas de la agencia, perjuicio causado por la demora y si corresponde evaluar litigio federal por retraso.
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Aviso Legal: Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Cada caso migratorio tiene circunstancias únicas. Para orientación legal específica a su situación, recomendamos consultar con un abogado de inmigración con experiencia. La información de este artículo refleja las leyes y políticas vigentes al 12 de agosto de 2026; la revisión del Congreso, nuevas instrucciones de DHS o USCIS, litigios, cambios de formularios u otros desarrollos posteriores pueden afectar su exactitud. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.
Fuentes
- Department of Homeland Security — Establishing a Fixed Time Period of Admission and an Extension of Stay Procedure, Final Rule, 17 de julio de 2026
- DHS Study in the States — Final Rule Quick Facts, actualizado el 20 de julio de 2026
- DHS Study in the States — Preguntas Frecuentes sobre la Regla Final
- USCIS — Form I-539, Application to Extend/Change Nonimmigrant Status